Avicultores chilenos cuentan con seguro contra enfermedades aviares exóticas

El ministro chileno de Agricultura, Esteban Valenzuela, recordó que durante todo el año está vigente en el país austral el Seguro de Enfermedades Exóticas en Aves que protege a las y los productores avícolas de traspatio y de planteles industriales, hasta 20.000 aves, frente al contagio por influenza aviar. Esta cobertura fue contratada directamente por Agroseguros, agencia aseguradora agropecuaria estatal.

“Existen ciertos requisitos mínimos para que los avicultores puedan ser beneficiarios de este seguro. Por ello, hago un llamado a informarse oportunamente. Y particularmente, a la industria a actualizar a la brevedad la Declaración de Existencia Animal (ante el SAG, Servicio Agrícola y Ganadero) y, de esta manera, dar cumplimiento a uno de los requisitos en el caso de ser afectados por alguna de las enfermedades descritas en la póliza”, recalcó Valenzuela.

El director de Agroseguros, Alberto Niño, explicó que la entidad licitó una póliza innominada con cobertura anual que asegura el rubro de las aves contra enfermedades exóticas, tanto las aves de traspatio con productores hasta 1.000 aves, como a los planteles industriales de productores de 1.001 hasta 20.000 aves. Precisó que los productores de hasta 20.000 ya cuentan con el seguro y no se requiere una inscripción para aquello.

El seguro cubre sacrificios sanitarios de aves que sean decretados por el SAG, a raíz de la presencia de alguna de las enfermedades cubiertas, tales como influenza aviar, micoplasmosisaviar (mycoplasmameleagridis), Newcastle, hepatitis viral del pato, tifosis (Salmonella gallinarum) y Pulorosis (Salmonella pullorum).

“El seguro operará siempre y cuando exista una resolución de sacrificio oficial emitida por el SAG, en caso de que se demuestre la presencia de la enfermedad o en caso de que haya riesgo de contagio dentro de un área cercana a un foco de enfermedad”, precisó Niño.

En el caso de planteles de hasta 200 aves la indemnización será realizada, a partir de los antecedentes entregados por el SAG, sin la necesidad del informe de liquidación y en el plazo de 6 días corridos. Para las y los productores de más de 200 aves el liquidador deberá hacer un informe de liquidación y el pago de la indemnización se deberá realizar antes del plazo de 29 días corridos.

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