martes, mayo 13, 2025

Colombia actualizará listado de enfermedades aviares a vigilar

La autoridad sanitaria del país suramericano prepara una resolución que definirá los males pecuarios sujetos a control oficial, declaración obligatoria y vigilancia especial

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Alexander Barajas
Alexander Barajas
Alexander Barajas Maldonado es Comunicador Social - Periodista de la Universidad Pontificia Bolivariana (UPB) de la ciudad de Medellín (Colombia). Cuenta con una experiencia periodística superior a los 25 años de vigencia en distintos medios impresos y digitales. También es un escritor de ficción galardonado en certámenes locales y nacionales colombianos. Se ha especializado en temas económicos, con énfasis en la producción avícola y nuevas tendencias de consumo, de lo cual escribe de manera ininterrumpida desde el año 2013. Ha sido consultor y conferencista de gremios, empresas y proveedoras avícolas, principalmente en su país de origen y Ecuador. Puede escribirle por correo electrónico: olsoal08@gmail.com.

Hasta el lunes 10 de marzo, estará en consulta pública el proyecto de resolución con el cual el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) actualizará sus listas de enfermedades animales de alto impacto económico, en reemplazo de la resolución todavía vigente, la No. 3714 del año 2015.

Como novedad, se propone oficializar listados de enfermedades de control oficial, que son objeto de monitoreo constante y prioritario. Dentro de los males avícolas clasificados bajo esta denominación aparecen la influenza aviar de alta patogenicidad, la enfermedad de Newcastle y la salmonelosis.

En el caso de las enfermedades catalogadas como “bajo vigilancia especial”, en el proyecto de resolución, se encuentran estas siete, que afectan la avicultura comercial: bronquitis infecciosa aviar, colibacilosis, coriza infecciosa, gumboro bursitis infecciosa aviar, laringotraqueitis infecciosa aviar, micoplasmosis y pasteurelosis.

En la resolución actual, que será cambiada próximamente, aparece un solo listado de “enfermedades de declaración obligatoria por especie”, que para las enfermedades aviares incluía otras dolencias que no están referenciadas en el proyecto de resolución: clamidosis, enteritis, hepatitis, pulorosis, rinotraqueitis, tifosis y tubercolosis aviar.

De igual manera, para las afecciones enumeradas en la proyectada resolución, se debe “notificar dentro de las primeras 24 horas tras la sospecha de enfermedad, siguiendo los canales habilitados por el ICA”.

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